CDE rechaza petición de Enel ante el Tribunal Constitucional de que Fisco pague parte de indemnización de US$ 500 millones
Guerra judicial se desató hace dos décadas porque eléctrica construyó el Parque Eólico Tal Tal -que entonces era de Enel Green Power, firma que luego se integró a Enel- sobre el proyecto de Minera Arbiodo del ex dueño de Laboratorios Andrómaco, Sergio Weinstein.
Por: Valeria Ibarra
Publicado: Lunes 29 de julio de 2024 a las 04:00 hrs.
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El Consejo de Defensa del Estado (CDE) rechazó la petición realizada por Enel ante el Tribunal Constitucional en orden a que el Fisco se haga responsable de parte de las indemnizaciones por US$ 500 millones que la gigante eléctrica y Sernageomin deben pagar a Minera Arbiodo, ligada al ex dueño de Andrómaco, Sergio Weinstein, todo ello por la construcción del parque eólico Tal Tal en terrenos la firma minera tenía pertenencias mineras constituidas para un proyecto de extracción nitratos y yodo.
La pelea judicial partió en 2016, pero recién el 6 diciembre de 2023 hubo sentencia del 12º Juzgado Civil de Santiago, la que fue apelada por Sernageomin y Enel, en tanto que Weinstein contraatacó a su vez contra esas dos entidades demandándolas por US$ 2.000 millones en daño emergente y lucro cesante en marzo de 2024.

En nuevo capítulo de esta historia, Enel interpuso ante el TC el pasado 30 de mayo un requerimiento "de inaplicabilidad por inconstitucionalidad" respecto del inciso primero del artículo 62 D del decreto Nº 1.939, el cual fue admitido a tramitación. La norma que impugna la eléctrica dispone “el Fisco no responderá de los daños, de cualquier naturaleza, que con motivo de la ejecución de la obra o de la explotación de la misma, se ocasionaren a terceros después de haber sido celebrado el contrato de concesión, los que serán de cargo del concesionario”.
La gigante energética, representada por el ex contralor Ramiro Mendoza, Matías Mori y Pedro Aguerrea, planteó en el recurso presentado ante el TC que éste declare inaplicable dicho inciso por ser contrario a varios artículos de la Constitución Política de la Republica.
Pero el Fisco se defendió y a través del CDE rechazó que tal normativa contravenga la Constitución y además argumentó que para empezar, la concesión entregada a Enel para hacer el Parque Eólico Tal Tal es "un acto administrativo discrecional por el cual la autoridad administrativa faculta a un particular", que además, "es un acto administrativo de contenido favorable", es decir, que benefició a la empresa eléctrica.
Arguyó que "el objeto de la concesión es efectuado por particulares a su riesgo y ventura, con la finalidad de obtener un beneficio propio" por lo cual no procede que el Fisco sea responsable de pagar una indemnización.
Por su parte, Minera Arbiodo -representada por Marissa Baldazzi- se sumó a la petición del Consejo de Defensa del Estado en orden a que el requerimiento de Enel sea rechazado por esta instancia, haciendo ver que la eléctrica "ha decidido discutir la norma impugnada habiéndola conocido, aceptado y consentido en su relación contractual con el Fisco por más de 14 años".
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