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Publicado: Miércoles 6 de mayo de 2015 a las 04:00 hrs.
Finalmente, y luego de poco más de un mes de ser oficiada por la Cámara de Diputados, la Corte Suprema entregó su opinión del proyecto de ley que modifica la normativa sobre Libre Competencia y restablece, entre otras cosas, la pena de cárcel para los delitos de colusión.
El pleno del máximo tribunal del país, encabezado por el ministro Sergio Muñoz, no realizó mayores críticas al proyecto, aunque hizo hincapié en la necesidad de aclarar algunos puntos que resultaban confusos en la redacción del texto legal tal como está propuesto.
En principio, respaldó el mecanismo de control de fusiones propuesto por el gobierno, que quedará bajo la tutela de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), pero indicó que se debía aclarar el procedimiento con que se revisarán estas resoluciones a través de recursos especiales que se presenten ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).
Respecto de la reposición de las penas de cárcel para los delitos de colusión, con penas propuestas entre 5 años y 1 día, y 10 años, estimó que esta se debían incluir en un proyecto que modifique el Código Penal. "No se divisa la razón para establecer en este cuerpo de normas el ilícito penal, en lugar de su incorporación en las modificaciones que se pretende introducir en el Código Penal", se explica en el documento.
Además, señaló que la potestad para los ilícitos penales en éste ámbito no debía quedar en manos sólo de la FNE, sino que el Ministerio Público también debía intervenir, tal como lo establece la Constitución. La Suprema también consideró adecuadas las restricciones y declaraciones de inhabilidad a las que estarán afectos los ministros titulares del organismo de libre competencia.
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