En este episodio de La Ruta Tributaria, Vanesa Lanciotti, socia líder de Tax & Legal de Deloitte aborda los cambios para la industria tecnológica y el nuevo crédito fiscal para empresas del sector, a partir de la ley miscelánea.
Crédito tributario al empleo de empresas del conocimiento
- Hoy no existe un mecanismo de crédito tributario para incentivar la contratación en industrias específicas.
- En el marco de la discusión de la ley de reconstrucción nacional, el Ejecutivo propuso un crédito fiscal amplio a la que se podían acoger las empresas, sin mayor distinción.
- El proyecto original se enfocaba en sueldos mensuales entre 7,8 y 12 UTM ($ 550.000-$ 838.000), con una estructura de crédito equivalente al 15% para remuneraciones desde las 7,8 UTM, disminuyendo progresivamente para las rentas más altas hasta 12 UTM. El monto podía ser imputable al impuesto de Primera Categoría, al IVA y a los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) de las empresas.
- En el Senado, el gobierno reformuló esta propuesta y lo concentró en el área del conocimiento.
Los efectos esperados
- “Se está incentivando la exportación de estos servicios desde Chile como país y creo que eso es muy relevante. No es solo economía digital, porque -de hecho- se habla de servicios profesionales especializados”.
- “Tenemos que esperar que Hacienda, mediante decreto, publique el listado de estos servicios para ver qué incluye”.
- “Las empresas pueden descontar de su impuesto de Primera Categoría un porcentaje del pago a los empleados que sirven estos servicios”.
- “Cambió completamente la pregunta, de cómo incentivamos el empleo, a cómo incentivamos la productividad y el crecimiento. Porque lo que viene a ser este nuevo enfoque es incentivar la productividad y el crecimiento. Pasó inicialmente desde algo coyuntural del mercado laboral a algo estructural de cambiar la matriz productiva de Chile”.
Lo que cambia con la ley
- En el Senado se acotó el universo de aplicación del crédito a los sueldos pagados por empresas que presten servicios del conocimiento en la economía digital. Esto redujo el costo fiscal de US$ 1.400 millones al año a cerca de US$ 600 millones.
- Solo tendrán derecho al crédito los contribuyentes que presten servicios basados en el conocimiento, definidos como aquellos que se sustentan principalmente en la calificación técnica o profesional, el uso intensivo de tecnología de la información, o el desarrollo tecnológico del prestador.
- El crédito establecido será de 15% y se aplicará sobre la parte de las remuneraciones pagadas en el ejercicio respectivo a cada trabajador domiciliado y residente en Chile. El beneficio no podrá superar para un mismo ejercicio comercial el equivalente a 75 UTM por cada trabajador.
- Dicho crédito subirá en cinco puntos porcentuales por trabajador respecto de aquellas empresas que tengan su casa matriz o sucursales, para efectos tributarios, fuera de la Metropolitana.
Los plazos para su implementación
- El crédito comenzará a aplicarse al mes siguiente de la publicación de la ley en el Diario Oficial, lo que ocurrirá a más tardar el 15 de septiembre, según dijo el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz. Así, el crédito partiría su implementación en octubre.
- “El ministro Quiroz dijo que este modelo lo copiamos un poco al modelo de Argentina”.
- “Dice que debe tratarse de un servicio del conocimiento, que tiene que tener varias características. Entonces, tiene que tener tecnología de la información o que el proveedor haga desarrollos tecnológicos que se tengan que prestar a distancia y de forma digital o telecomunicaciones, etcétera”.
- “Entonces, teniendo en cuenta esta descripción -que es bastante amplia y por eso tenemos que esperar la lista-, yo me imagino que estamos hablando de temas como desarrollo de software, temas de IA, temas de comercio digital, como hoy estamos viendo que se da en todos los casos y está creciendo a niveles exponenciales”.