En este último episodio de la temporada de La Ruta Tributaria, Jorge Ortiz, socio de Audit & Assurance de Deloitte, aborda cómo quedan los impuestos con la ley miscelánea.
Impuestos diferidos hoy
- Los impuestos diferidos se generan cuando hay una diferencia temporal entre el resultado financiero y tributario de las compañías, lo que puede derivar en efectos positivos (activos) o negativos (pasivos) sobre la contabilidad.
- Para las compañías que acumulan pérdidas tributarias en sus ejercicios financieros, los impuestos diferidos se convierten en un activo, ya que cuando generen utilidades a futuro podrán usar esas pérdidas acumuladas como un activo que reduzca su base de impuestos. Ese activo hoy está valorizado a una tasa de 27%.
- Esto viene de la mano con la rebaja gradual del impuesto corporativo, desde el 27% actual a un 25,5% el próximo año, a 24% en 2028 y 23% en 2029.
Lo que cambia con la ley de reconstrucción
- Dado que la ley de reconstrucción rebaja el impuesto corporativo, eso modifica los impuestos diferidos, porque para las empresas con pérdidas tributarias este ajuste podría impactar en su contabilidad.
- ¿La razón? El valor del activo que podían utilizar para bajar su pago de impuestos cuando genere utilidades será menor, ya que no se calculará sobre la base de la tasa corporativa de 27%, sino a la tasa más baja que se alcanzará a partir del 2029, de 23%.
- “Existen compañías que tienen pérdidas tributarias, y que por lo tanto no pagaron impuestos porque no generaron utilidades. La ley establece que esas pérdidas tributarias yo las puedo usar en el futuro cuando tenga utilidades. Esas diferencias entre la norma contable y la Ley de Impuesto a la Renta van a significar un pago o un descuento del impuesto futuro en años futuros”.
Los efectos esperados
- “Según la norma contable, en este caso IFRS, tengo un conjunto de activos y pasivos y esos activos y pasivos, en este caso específicamente impuestos diferidos, debo valorizarlos año a año”.
- “Entonces, si bien es cierto que la rebaja del impuesto corporativo va a ser desde el punto de vista corriente en los próximos años a partir de 2027, yo tengo que determinar la valorización de ese activo o pasivo por impuesto diferido hoy día”.
- “Y si yo tengo los antecedentes que ese activo o ese pasivo es menor a lo que yo tengo registrado contablemente, tengo que efectuar el ajuste contable hoy día financieramente hablando. Se tiene que realizar este trimestre, pero eso depende del trámite legal que tenga en este caso la reforma”.
Los plazos para su entrada en vigencia
- La fecha para realizar el ajuste dependerá de la fecha de promulgación, pero asumiendo que la ley se publicará en septiembre, el reconocimiento en los estados financieros debiese realizarse durante el tercer trimestre de 2026.
- “Si la ley está promulgada, es decir suscrita por el Presidente de la República y no necesariamente está publicada en el período de septiembre, esos efectos de los cambios de impuestos diferidos deben ser reconocidos al 30 de septiembre”.
- “Esos cuatro puntos de diferencia (entre la tasa corporativa de 27% hoy y la de 23% a futuro) significa una pérdida en el estado de resultado financiero de la compañía hoy día y no futuro. Los dividendos se determinan en base al resultado financiero y efectivamente el resultado financiero por estos cambios va a variar”.