Ramiro Mendoza dispara contra argumentos de la Subtel para congelar banda 5G
Abogado realizó informe en derecho para Entel en marco de los alegatos ante Corte de Apelaciones donde revela que las verdades razones del congelamiento son el despeje y asignación de la banda y no los estudios para la implementación de 5G.
Por: Lourdes Gómez B.
Publicado: Lunes 10 de septiembre de 2018 a las 14:03 hrs.
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Con todo sigue la disputa en tribunales entre las empresas de telecomunicaciones y la Subtel luego de que esta última decidiera congelar la banda 3.5 Ghz. Mientras el proceso avanza en la Corte de Apelaciones, Entel contrató al excontralor Ramiro Mendoza para que haga un informe en derecho sobre el impacto de lo hecho por el regulador.
En el documento de 37 páginas, el socio del estudio Mendoza, Oddo, Mori, Aguerrea & Gillmore (MOMAG) realizó una análisis de los efectos del congelamiento de la frecuencia asignada a Entel en 2001 y hasta el 2030, calificándolo de "arbitrario, ilegal, desproporcionado, irracional y con falta de fundamentos".
En el escrito el también decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez, argumentó que la razón de realizar estudios para la implementación de 5G (el motivo que dio la Subtel) no son razones suficientes para decretar esta medida por la vía administrativa, menos si la asignación de la licitación fue determinada mediante un decreto supremo. Al respecto, el abogado precisó que "no es posible entender la razonabilidad de dicha argumentación para concebir la necesidad de desmantelar todo un régimen legal de concesiones".
Señaló Mendoza que los fundamentos de la resolución impugnada por las empresas de telecomunicaciones son "escuetos y débiles" (...) "como para determinar con certeza la necesidad de realizar un estudio que justifique vulnerar a plenitud el régimen legal de concesiones y, en especial, los derechos que poseen los concesionarios para usar y explotar servicios de telecomunicaciones. Sobre todo cuando la Subtel cuenta con atribuciones para requerir informaciones con al que podría establecer si el espectro se utiliza o no de manera eficiente. La autoridad ha optado por una lesión total de los derechos que confiere la ley da los concesionario, en circunstancia que podría haber escogido medios mucho menos lesivos".
También precisó que los actos impugnados carecen de motivación por no contener fundamentos razonables. Esto a juicio de Mendoza "torna la conducta de Subtel en arbitraria". Y finalizó: "no se observa el proceso racional que llevó a la autoridad a realizar el despeje de la banda de frecuencia de 3.400 – 3.800 Mhz y, por consiguiente, el desmantelamiento del régimen legal de concesiones".
Mendoza también sostuvo que las reales intenciones de la autoridad son realizar un despeje de banda y realizar posteriormente nuevas asignaciones a empresas. Para ello el abogado se basó en una presentación que hizo la actual subsecretaría de Telecomunicaciones, Pamela Gidi, ante la Cámara de Diputados sobre el cronograma de despeje y asignación de la banda.
"Subtel bajo la apariencia de realizar un estudio del uso de la banda, en realidad ha dictado la resolución impugnada con el objeto de realizar un despeje de las banda de frecuencia objeto del presente caso y realizar posteriormente nuevas asignaciones a empresas del rubro de telecomunicaciones, circunstancia que ratifica que el fin tenido a la vista para dictar este acto no era el de establecer especificaciones técnicas acerca del uso del espectro radioeléctrico, sino que más bien privar a los concesionarios actuales del uso y goce de las bandas que les fueron conferidas en virtud de los decretos supremo de concesión, para en el futuro reasignarlas a otros operadores", dijo en el escrito.
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