Este martes, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó la normativa definitiva que fortalece la administración del consentimiento de los reportantes del Registro de Deuda Consolidada (REDEC).
La regulación, que introduce ajustes al sistema dispuesto en la Norma de Carácter General N° 540, busca fortalecer la protección del deudor, promover mejores prácticas entre las entidades reportantes y facilitar la supervisión, según explicó la CMF.
El texto final pasó por dos consultas públicas. La primera, realizada entre el 2 de noviembre y el 23 de diciembre de 2025, recibió más de 200 comentarios de 22 entidades. La segunda, entre el 22 de mayo y el 15 de junio de 2026, reunió 167 comentarios de 19 entidades.
Las observaciones permitieron ajustar aspectos tecnológicos, plazos de implementación y reportes que deben remitirse al regulador.
Los principales cambios son:
-
Resguardo del consentimiento: las entidades deberán almacenar los consentimientos digitalizados mediante mecanismos que garanticen su confidencialidad, integridad, autenticidad, fidelidad y posibilidad de verificación en el tiempo. Se reemplaza la exigencia inicial de un código encriptado -conocido como hash- por un marco que no impone una tecnología específica, con lo que se espera reducir los costos de implementación.
-
Notificación al deudor: las entidades deberán avisarle cuando otorgue o revoque un consentimiento. La notificación tendrá que incluir la fecha, hora, canal y código interno de la autorización.
-
Formatos y seguimiento: un anexo técnico define los formatos de los consentimientos digitalizados. Además, se exigirá un código interno que permita identificar y seguir cada consentimiento durante toda la vigencia de la operación reportable.
-
Excepciones: las entidades que, por su modelo de negocio, decidan no acceder a la información del deudor que requiere consentimiento podrán acogerse a un régimen que las libera de los requerimientos asociados a su administración.
-
Intercambio de información con la CMF: se regulan tres interfaces tecnológicas, denominadas API: una para consultar información del REDEC, que ya está en funcionamiento; otra para que la CMF solicite los consentimientos digitalizados; y una tercera para que las entidades los envíen.
-
Revocación de permisos a terceros: el deudor podrá revocar la autorización otorgada a un tercero a través de la plataforma “Conoce tu Deuda” de la CMF, antes de que termine su vigencia.
Con todo, la implementación será gradual, conforme a los plazos establecidos en la sección de vigencia de la normativa, para facilitar la adaptación de las entidades a los nuevos requerimientos.