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REGÍSTRATE AQUÍSuperintendencia de Electricidad y Combustibles la había multado con 200 UTA (casi $98 millones).
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Viernes 3 de enero de 2014 a las 12:21 hrs.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la multa, de 200 Unidades Tributarias Anuales (UTA) impuesta por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la empresa Osram, por entregar información incompleta y manifiestamente errónea al ente fiscalizador, en el marco de una investigación que éste llevaba adelante, por productos eléctricos que ingresaron al país, sin su respectiva certificación de seguridad.
La detección de dichos aparatos fue producto del trabajo conjunto entre la SEC y el Servicio de Aduanas, y permitió identificar a cinco empresas, Samffir (Elfa), Osram, DEC (Daewoo), Philips y Mabe (General Electric), las que ingresaron diversos productos al país, sin cumplir con los procesos de certificación requeridos por normativa.
Ante ello, la SEC aplicó a las cinco importadoras diferentes multas, las que en su conjunto sumaron US$ 1 millón.
Posteriormente, se inició una investigación paralela por la información que entregó Osram, en relación a sus lámparas fluorescentes de doble casquillo, modelo 40 W, información que contenía errores en la cantidad importada, además de no indicar el número de productos certificados y no señalar las operaciones comerciales del producto en cuestión, desde enero del 2007 hasta octubre del 2011.
Por tal razón, la SEC le formuló el cargo de "no cumplir con la instrucción particular de solicitud de información (...), relativa a la información de las operaciones comerciales de las lámparas fluorescentes de doble casquillo, marca OSRAM, efectuadas desde enero del 2007 hasta junio de 2012, toda vez que se aportó información incompleta y manifiestamente errónea, mediante la presentación ingresada en SEC".
Ante este incumplimiento normativo, la institución fiscalizadora estableció una multa de 200 UTA, es decir, casi 98 millones de pesos, para OSRAM, dinero que deberá ser cancelado ante la Tesorería General de la República, al que se le debe sumar las costas del juicio.
"Importante señal"
El Superintendente de la SEC, Luis Ávila Bravo, valoró la decisión del tribunal de alzada.
"Creemos que la Corte de Apelaciones ha fallado aplicando el derecho pues mantenemos nuestra postura de que las empresas que se dedican a la comercialización de productos eléctricos en el país, deben vender sólo artículos debidamente certificados. Y consideramos aún más grave que las empresas le entreguen a la Autoridad, información incompleta, incorrecta y manifiestamente errónea. Esperamos que esto sea visto como una importante señal para el resto de la Industria", expuso.
Ávila agregó que esperaba que la aplicación de esta multa ayude a modificar las conductas de las empresas que se dedican a la importación y comercialización de productos que requieren certificación, pues el tema de fondo es el riesgo al que se exponen las personas que usen artefactos sin su respectivo certificado de seguridad.
En forma paralela, la Corte Suprema confirmó la multa de 140 UTA (más de $68 millones) a la misma empresa, más las costas del juicio, por la falta de certificación de sus productos eléctricos.
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