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REGÍSTRATE AQUÍPor: Magdalena Espinosa
Publicado: Lunes 22 de julio de 2019 a las 09:57 hrs.
Superada la emergencia en el abastecimiento de agua potable en Osorno, la Superintendencia de Servicios Sanitarios debe comenzar a dar forma a un proceso sancionatorio contra Essal, lo que incluirá la revisión de si hay méritos para caducar la concesión, algo que ha ocurrido solo en tres oportunidades en 30 años.
Esta posibilidad está contemplada en la Ley de Servicios Sanitarios, específicamente en el artículo 26, donde se señala la forma en que el presidente Sebastián Piñera tendría que tomar esta decisión.
De partida, hay tres motivos para plantear esta acción:
1. Si las condiciones del servicio suministrado no corresponden a las exigencias establecidas en la ley.
2. Si la concesionaria no cumple el programa de desarrollo.
3. Por incumplimiento del contrato.
“Para la calificación de dichas causales, la entidad normativa deberá considerar la gravedad de sus consecuencias y la reiteración de su ocurrencia”, dice el texto legal.
Así, Piñera deberá basar su decisión en aspectos técnico. El problema, de todos modos, apuntará a qué pasa después que se tome una decisión como esta.
La ley establece que se debe disponer de una “administración provisional del servicio”, quienes están inscritos en un registro que lleva la autoridad. De ahí, el gobierno tendrá un año para licitar la concesión nuevamente, bajo parámetros como “los bienes de la concesión que deberán ser adquiridos por el licitante y las obras de reparación y mejoramiento de las instalaciones que deberá efectuar; el programa de desarrollo que deberá cumplir, y las tarifas por la prestación de los servicios”.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).
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