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Publicado: Martes 12 de noviembre de 2013 a las 05:00 hrs.
Tras cinco años en tribunales, ayer la Corte Suprema ratificó las multas cursadas por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en 2008 a los ex controladores de Paris, los hermanos Gálmez Puig.
Esto por no abstenerse de realizar compras de acciones de la empresa el 18 de agosto de 2004, sólo siete horas antes de que la compañía reportara sus resultados al segundo trimestre de ese año
En primera instancia, la sentencia había acogido la reclamación, dejando sin efecto la multa (por $ 69,5 millones), que luego había sido confirmada por la Corte de Apelaciones.
Sin embargo, la Corte Suprema decidió ratificar la multa, lo que de paso instala el criterio aplicado por parte de la SVS para sancionar el uso de información privilegiada, y que utilizó para sancionar casos anteriores.
Con el fallo, se instala el hecho de que los estados financieros aprobados por los directorios de una compañía constituyen información privilegiada, con independencia de su contenido.
La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) aplicó una multa a los hermanos Juan Antonio, Luis Alberto y José Miguel Gálmez Puig, ex dueños de Almacenes París, por haber transgredido el “deber de abstención” de comprar acciones a quienes cuentan con información privilegiada.
La sanción se produjo porque en agosto de 2004 compraron títulos de la misma firma -cuando eran directores y gerente general de la multitienda, respectivamente- a través de tres sociedades distintas, antes de que se hicieran públicos sus estados financieros.
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