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Publicado: Viernes 22 de diciembre de 2017 a las 04:00 hrs.
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) llegó hasta el Tribunal Constitucional (TC) para responder la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad interpuesta por el Bci por verse impedido de celebrar contratos con la administración del Estado por haber sido condenado por prácticas antisindicales.
A juicio del CDE, dicha acción del banco sería inadmisible en primer término por existir ya un fallo laboral firme, por lo que cualquier apelación constitucional se tendría que haber llevado en aquella instancia. De esta forma, no habría una gestión pendiente sobre la que el TC deba pronunciarse, considerándose como un "defecto de gravedad" según la defensa del Estado.
A ello se suma que el CDE estima que el recurso ejercido por el banco presidido por Luis Enrique Yarur, tendría una "argumentación incoherente", ya que el Bci no habría entendido que "una sanción no puede ser accesoria y sucesiva al mismo tiempo". Todo ello, tras la sanción que se le aplicó por parte de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Finalmente, el CDE señala que la acción de Bci corresponde más bien a un reproche a la forma en que se ha aplicado o interpretado determinado precepto legal en su debido momento.
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