Pavlovic y Masvida: "La Super no ha conculcado ningún derecho constitucional"
Superintendente de Salud dijo que se “ha limitado a aplicar la normativa vigente y a ejercer sus facultades legales” ante recurso de protección interpuesto por la Clínica Santa María.
Por: José Troncoso
Publicado: Jueves 20 de julio de 2017 a las 04:00 hrs.
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“Resulta evidente que la Superintendencia de Salud no ha conculcado ningún derecho reconocido constitucionalmente, sino que se ha limitado a aplicar la normativa vigente y a ejercer sus facultades”.
De esta manera, el superintendente de Salud, Sebastián Pavlovic, solicitó a la Corte de Apelaciones de Santiago rechazar el recurso de protección interpuesto por la Clínica Santa María, donde se le acusó de incumplir su obligación legal de exigir a Masvida la constitución de garantías para asegurar el pago de las deudas que mantiene la exisapre.
Según el documento, la clínica -controlada por Empresas Banmédica- basa su acción judicial “en dos supuestos equivocados”: que la Superintendencia no ha exigido el cumplimiento de la garantía y que el regulador pretende “deshacerse” de la isapre cerrando su registro, con lo cual cesará su facultad de fiscalizarla.
“Respecto de la segunda afirmación, cabe señalar que ella sólo puede emanar del desconocimiento de la recurrente sobre las normas que regula a las isapres y a las facultades de la superintendencia”, afirma el regulador, precisando que las clínicas sólo concurren en tercer orden de prelación para el pago de deudas en caso de cierre.
Agregó que “la Clínica Santa María, junto a los demás prestadores de salud, sólo concurrirán a la liquidación de la garantía después de los afiliados y beneficiarios, y sólo por el remanente de los montos en cuestión”.
Afirmó que el cierre de registro de la isapre se fundamenta en la normativa. “Si aún no se ha dispuesto el cierre del registro que contempla la ley, ha sido precisamente para permitir que la isapre reponga la garantía faltante, o al menos, entere la mayor cantidad posible para aminorar la brecha”, aseguró el regulador.
Junto a esto, agregó que la ley “en ningún caso” exige que la garantía deba estar completa para que se cierre el registro, como sostiene el recurrente.
“El recurso de la Clínica Santa María no contiene alegación alguna que se sustente en la normativa vigente, particularmente, cuando acusa a esta Superintendencia de haber faltado a sus deberes legales, lo que no es efectivo”, sostuvo Pavlovic.
La autoridad precisó que ha fiscalizado “permanentemente” a la exisapre desde agosto de 2016, cuando tomó conocimiento de su situación deficitaria.
“Las aseveraciones de la recurrente resultan ser infundadas y son fruto de su desconocimiento de los actos y facultades de fiscalización de esta Superintendencia, no resultando pertinente que este organismo se haga cargo de meras aprensiones manifestadas por dicho prestador de salud”, añadió.
El regulador también rechazó las acusaciones de que se habrían vulnerado derechos constitucionales de la clínica, como el de propiedad y de realizar actividades económicas.
“Esta alegación resulta la más ilógica (…) salvo que la recurrente pretenda sostener que las acreencias constituyan su único capital o fuente de ingresos, o que sólo atienda a beneficiarios de Isapre Masvida. Por ello, resulta inoficioso tratar de argumentar al respecto”, remató Pavlovic.
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