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Publicado: Jueves 25 de abril de 2019 a las 04:00 hrs.
Es una política del Servicio de Impuestos Internos (SII) de eximir a los contribuyentes del pago de multas e interés por el no pago de tributos. Esto se da cuando el servicio realiza una fiscalización y, por ejemplo, detecta una diferencia entre los impuestos declarados y los efectivos, o da cuenta de alguna infracción tributaria de parte del contribuyente.
Condonar las multas e intereses tiene el fin de liberar financieramente al contribuyente para que pague los impuestos que adeuda al Fisco. El año pasado, el SII eximió de dichos pagos a más de 210 mil contribuyentes, con una tasa promedio de condonación de 82,4% de lo adeudado en multas e intereses.
Como un todo, el monto de las condonaciones ascendió a US$ 305 millones el ejercicio pasado, un incremento de 73% respecto al 2017. Al eximir a los contribuyentes en esos montos, el Fisco pudo recuperar impuestos adeudados equivalentes a US$ 800 millones en el ejercicio, un 21,2% de alza respecto al 2017.
¿Cómo se puede acceder a una condonación? Primero, pueden optar las personas o representantes de empresas con intereses o multas asociadas a deudas tributarias.
El trámite puede ser online a través de WWW.SII.CL o de forma presencial en la Dirección Regional, la Dirección de Grandes Contribuyentes o la Subdirección de Fiscalización respectiva. En caso de que se realice de forma presencial, el contribuyente debe presentar el formulario N° 2667, el giro emitido por la Tesorería o presentarse con su RUT (o E-RUT en caso de ser representante de empresa).
El porcentaje de condonación al que puede acceder el contribuyente dependerá, entre otros factores, del plazo de morosidad en el pago de la deuda y a la vigencia de la multa o intereses respectivo.
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