Enel logra fuerte rebaja de multa por entrega de información errónea en operación de GasAtacama
Multa bajó de US$ 8,7 millones a US$ 36 mil. Corte de Apelaciones recatalogó el caso de gravísimo a leve, dado que los cargos fueron por información equivocada, no falseada. De todos modos, mantuvo su responsabilidad en los actos que fueron sancionados por la SEC.
Por: Karen Peña C.
Publicado: Martes 16 de abril de 2019 a las 04:00 hrs.
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Luego de casi tres años de tramitación, la disputa judicial que se desató en 2016 entre GasAtacama y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) logró un resultado. La Corte de Apelaciones de Santiago bajó la multa por entregar información errónea al mercado eléctrico, desde cerca de US$ 8,7 millones (120 mil UTM) a solo US$ 36 mil (500 UTM).

La generadora, que actualmente es el grupo Enel -luego que comprara la participación de su socio, el fondo Southern Cross- había sido multada por la entrega de información incorrecta al Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Interconectado del Norte Grande (CDEC-SING), en cuanto a los mínimos técnicos y tiempos mínimos de operación.
Esto había surgido luego de una auditoría que detectó que los valores de mínimo técnico de operación entre el 1 de enero de 2011 y 29 de octubre de 2015, eran inferiores a lo informado por GasAtacama, lo que afectó el costo de funcionamiento del sistema. Los cálculos del CDEC-SING arrojaron que el mayor costo sistémico llegó hasta los US$ 261,5 millones.
La empresa llevó el caso hasta la corte acusando -entre otras cosas- ilegalidad en el actuar de la SEC y que algunas de las normas que se le aplicaron no estaban vigentes cuando se cursó la multa, sin embargo, todo eso se descartó en el proceso.
Lo único que concedió la Corte de Apelaciones fue una rebaja en la gravedad de los hechos sancionados, catalogándolos como leves en vez de gravísimos.
El argumento central para aquello fue que los cargos por los cuales se multa a la filial de Enel fueron por entregar información errónea y no falseada, lo que sí le habría significado asumir una sanción mayor, dado el dolo que va asociado a esa conducta.
El titular de la SEC, Luis Ávila, dijo que “valoramos la decisión del tribunal de alzada, pues se ratifica la infracción cometida por GasAtacama a los deberes de coordinación, esto es, que la operación del sistema eléctrico nacional hubiera sido la más económica para el conjunto de las instalaciones de dicho sistema, conclusión a la que llegamos como institución fiscalizadora luego de la respectiva investigación técnico-jurídica”.
¿Llevará el caso a la Suprema? La autoridad indicó que están estudiando los detalles del fallo para “evaluar la eventual presentación de algún recurso legal”.
Enel prefirió no hacer comentarios.
Indemnizaciones
Si bien el fallo puede ser relevante para GasAtacama al lograr una baja significativa de la multa, no despeja la posibilidad de que los clientes libres afectados -principalmente mineras- y otras generadoras puedan pedir algún tipo de indeminización por los efectos de la conducta.
De hecho, desde mayo de 2017 está abierto un proceso judicial impulsado por AES Gener que busca una indemnización por los sobrecostos que debió enfrentar a causa de la práctica de esta generadora. Esta causa sigue en trámite y, aunque el 8 de abril se llamó a las partes a conciliación, ésta finalmente no prosperó.
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