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REGÍSTRATE AQUÍNo obstante, este trámite no implica una paralización del período probatorio de la SVS.
Por: Equipo DF
Publicado: Jueves 26 de junio de 2014 a las 05:00 hrs.
por maximiliano villena
Un nuevo aplazamiento podría producirse en el período probatorio que lleva adelante la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) por el denominado caso Cascadas.
Ayer, la Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso de ilegalidad presentado por la defensa de Julio Ponce.
No obstante, abogados de la plaza señalan que esta decisión no implica una paralización del período probatorio que lleva adelante la SVS, ya que aún resta que se pronuncien sobre la orden de no innovar, proceso similar a lo que ocurrió con las solicitudes de Roberto Guzmán Lyon, también formalizado en el caso que sigue la SVS.
El proceso
El pasado 20 de junio, los tribunales rechazaron la admisibilidad del recurso de ilegalidad presentado por los abogados de Ponce -iniciativa interpuesta luego de que el regulador abriera su período probatorio a pesar de que estuviera suspendido el de Guzmán Lyon-, argumentando que “el acto en contra del cual se recurre no se encuentra en ninguna de las hipótesis descritas en el artículo D.L. 3.538, puesto que se trata de un acto intermedio de la administración que no contiene decisión alguna en términos descritos en el artículo de la Ley Nº 19.880”.
En la presentación ante los tribunales, Raimundo Labarca y Alejandro Parodi, señalaron que el 13 de junio la SVS abrió el término probatorio correspondiente al procedimiento sancionatorio, “en circunstancias que, contraviniendo sus actos propios y sus resoluciones previas, no dispuso en forma simultánea la apertura de los términos probatorios correspondientes a todos los restantes supuestos partícipes de su teoría del esquema”.
Según los abogados de Ponce, la suspensión del procedimiento por parte de la SVS en enero, “se fundamentó en la protección del derecho de defensa de nuestro representado y de las restantes partes”, y que en el oficio del levantamiento de la suspensión, la SVS “volvió a disponer, en forma explícita, que los términos probatorios debían verificarse en forma simultánea por ser un cuestión consustancial al derecho de defensa de los formulados de cargos”.
La defensa de Guzmán
Por otra parte, también la semana pasada, la Corte de Apelaciones revocó la orden de no innovar (ONI) que había dictado a favor de Roberto Guzmán Lyon, despejando el camino para que la Superintendencia abriera su período probatorio.
Sin embargo, cercanos al proceso de Guzmán, señalan que la defensa estaría analizando pedir una reposición de la ONI. Otros abogados señalaron que “con el tiempo que duró la paralización se produjo un vicio procesal mayor que acarrea nulidad de fase prueba iniciada, por lo que la Superintendencia debiera retrotraer el caso a la nueva apertura de período de prueba”.
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