Un duro golpe recibió este martes el gobierno -y de paso los gremios de servicios básicos- luego de que el Tribunal Constitucional (TC) rechazara el requerimiento presentado por el Ejecutivo que buscaba impugnar un artículo incluido en la ley miscelánea que obliga a reconectar a clientes morosos.
Con respeto frente a la decisión, pero a la espera de conocer los fundamentos de la sentencia, fue recibida la definición en Empresas Eléctricas. "Más allá de este resultado, mantenemos nuestra preocupación por una norma que puede desviar recursos desde la reposición masiva del servicio y que establece plazos rígidos sin considerar las condiciones reales de seguridad durante una catástrofe", señaló en una declaración el director ejecutivo del gremio, Juan Meriches.
En esa línea, dijo esperar que estos aspectos puedan ser revisados en los espacios que corresponda "para evitar que la norma termine perjudicando a los propios usuarios”.
En la Asociación de Empresas de Gas Natural (AGN) también mostraron respeto a la decisión del TC. Sin embargo, no dudaron en manifestar su preocupación ante -las que calificaron- "severas falencias técnicas de dicha normativa, que exige la reconexión forzosa del servicio de gas por redes en un plazo perentorio de 48 horas en eventos de catástrofe, sin contemplar los resguardos de seguridad que esa reposición exige".
El presidente ejecutivo de AGN, Carlos Cortés, reiteró: "La normativa es imposible de cumplir resguardando la seguridad de todas las personas". “Respetamos la decisión del Tribunal. Precisamente porque asumimos esa responsabilidad con seriedad, insistimos en algo que no admite excepción: en gas, proteger a las personas empieza por no reconectar antes de saber que es seguro hacerlo”, enfatizó.
Según explicó el gremio, en el gas por redes, reponer el servicio exige verificar antes que las redes e instalaciones estén en condiciones seguras, y un plazo perentorio de 48 horas aplicado por igual a todos los casos obliga, en los hechos, a elegir entre cumplir el plazo o resguardar la seguridad de las personas. "Nuestra industria siempre velará por lo más importante, que es la seguridad de las personas", agregó Cortés.
AGN recordó un informe técnico Independiente elaborado por Gamma Ingenieros -firma que ha participado en la elaboración de las normas de seguridad del sector- que confirma que ese plazo no es técnicamente practicable como exigencia perentoria e indiferenciada, y que omitir las verificaciones previas expone a las personas a fugas, intoxicaciones y explosiones.
El gremio sostuvo que la experiencia lo respalda. Detallaron que, tras el terremoto de 2010, solo en las regiones Metropolitana y de Valparaíso, se requirieron más de 46.500 reposiciones de gas, con plazos de entre tres semanas y cuatro meses según la zona y más de 70 equipos trabajando en turnos de día y noche, sin registrar incidentes. "Ese esfuerzo se realizó, además, bajo una regulación que entonces no exigía la presencia de un adulto para reconectar; con la normativa vigente, los plazos serían aún mayores", dijeron.
"Como industria, AGN resguardará siempre las verificaciones de seguridad que la reglamentación exige antes de reponer el gas. Para que el plazo legal y la seguridad de las personas puedan cumplirse en la práctica, es indispensable que la autoridad sectorial establezca con claridad cómo se concilian. AGN pone su experiencia técnica a disposición para colaborar en esa implementación", añadió la asociación.
Mientras, la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios (Andess) dijo respetar lo resuelto por el TC y que -en las instancias de revisión que correspondan- seguirá aportando antecedentes y dando a conocer el punto de vista del gremio.
Según aseguraron, esta disposición, en los términos en que fue aprobada, perjudica a la gran mayoría de los usuarios al obligar a concentrar los esfuerzos en un grupo minoritario que no ha cumplido con sus obligaciones, ni se ha acogido a los planes de regularización de deuda que ofrecen las empresas.
"En una situación de emergencia, esto implica destinar recursos operacionales y cuadrillas a casos individuales, que podrían ser necesarios para recuperar infraestructura y reponer el servicio al mayor número posible de personas, incluidos hogares, hospitales y escuelas", adviertieron.
Andess remarcó que la reconexión de servicios ha sido y seguirá siendo una prioridad, "pero una emergencia exige flexibilidad para asignar los recursos de manera que permitan recuperar el servicio en forma rápida y efectiva". Asimismo, agregaron, "la imposición de plazos rígidos puede obligar a desplegar personal en condiciones de alto riesgo, lo que resulta incompatible con el deber de resguardar la seguridad de quienes trabajan en terreno".
Cabe recordar que, tras la presentación del Ejecutivo, el jueves de la semana pasada Empresas Eléctricas, AGN y Andess se alinearon con el Ejecutivo y presentaron también sus escritos respectivos ante el TC.
CPC alerta por efectos regulatorios y económicos
No solo las firmas afectadas por la norma se pronunciaron. La máxima cúpula empresarial del país, la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), salió a comentar lo ocurrido. Respetando la decisión adoptando, indicó que todavía no se conocen los fundamentos de la sentencia, por lo que corresponde esperar ese pronunciamiento antes de sacar conclusiones respecto de los argumentos específicos que fueron considerados por el Tribunal.
"Más allá del aspecto constitucional, mantenemos nuestra preocupación respecto de los efectos regulatorios y económicos de esta norma. El punto de fondo es que no se limita a resolver situaciones directamente provocadas por una catástrofe, sino que obliga a reconectar, sin costo y sin pago previo, suministros que incluso podían encontrarse suspendidos por no pago desde antes de la emergencia", enfatizaron.
A juicio de la multigremial, esto significa que el costo de una política pública termina siendo asumido por empresas que operan bajo marcos tarifarios y regulatorios previamente establecidos, lo que -dicen- "puede generar efectos sobre las cuentas incobrables, alterar los incentivos al cumplimiento de las obligaciones y sentar un precedente complejo respecto de cómo se financian futuras medidas de apoyo".
Además, agregaron, "establece plazos uniformes de reconexión que son imposibles de cumplir precisamente en una catástrofe, cuando la prioridad debe estar en reparar la infraestructura y recuperar el servicio para el mayor número posible de personas, resguardando siempre las condiciones de seguridad".
Desde la Sofofa también expresaron su inquietud por los efectos de la norma sobre la certeza jurídica y la estabilidad del marco regulatorio que rige la provisión de servicios esenciales. "Las urgencias de las personas deben ser atendidas con decisión, pero no a costa de debilitar las reglas que permiten que estos servicios se presten de manera continua y sostenible. Las políticas públicas deben considerar no solo la legitimidad de sus objetivos, sino también sus efectos concretos y las señales que entregan a quienes deben realizar inversiones de largo plazo", dijeron.