Cabify se suma a Uber y a acude a la Contraloría para frenar reglamento del MTT: “Perjudica a pasajeros y conductores”
El CEO de la firma, Álvaro Pasquez, acusó que “se asignaron cuotas a los actores, lo que empeorará la situación de competitividad en el mercado”.
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Publicado: Viernes 26 de enero de 2024 a las 04:00 hrs.
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Hace unos días, Uber fue hasta la Controlaría para frenar la tramitación del reglamento técnico que regulará al sector y que fue redactado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT). Ahora, a esa cruzada se sumó Cabify, que agregó un ingrediente extra: la asignación de cuotas de mercado.
El CEO de Cabify Chile, Álvaro Pasquez, explicó a DF que esto no es una guerra entre aplicaciones y el Gobierno, sino que es una alerta sobre los graves perjuicios que traerá al mercado la puesta en marcha del reglamento que elaboró el Ejecutivo.
“Genera consecuencias graves contra la libre competencia, lo que, a su vez, perjudica a pasajeros y conductores. Si bien la ley ya establecía el congelamiento del registro de conductores, en la normativa del MTT se asignaron cuotas a los actores, lo que empeorará la situación de competitividad”, apuntó el representante local de la empresa española.
De hecho, Pasquez agregó que el texto asegura “ilegítimamente” la posición del operador más grande del mercado, que es Uber: “Es un defecto de la regulación del Ejecutivo que hemos planteado a las autoridades de manera reiterada”.
El ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, entregó el reglamento a la Contraloría el 2 de enero, 17 días antes de que venciera el plazo final para hacer cambios. Por el lado de Cabify, los abogados que están viendo el caso son Claudia Sarmiento, Elisa Walker y William García, de Sarmiento & Walker.
Los cinco problemas del reglamento
La compañía detectó cinco conflictos entre la redacción del reglamento y su ajuste a la Ley EAT (Empresas de Aplicaciones de Transportes). El primero, radica en que la norma publicada en abril de 2023 no habilita a “someter” la actividad a una autorización, sino que a “un registro”, extralimitándose en el mandato que tiene el reglamento para regular la materia.
Esto implica, que más allá de la creación de un registro, con conductores y vehículos, el MTT incluyó pasos adicionales para autorizarlos.
Asimismo, la ley publicada no prevé una vinculación entre conductores y vehículos como requisito habilitante para la prestación del servicio. A ojos de Cabify, esto crea una “regulatoria excesiva” y “desproporcional”.
Álvaro Pasquez profundizó más sobre el tema y explicó que “la vinculación es innecesaria porque ya existe en las aplicaciones. Esto ralentiza el proceso al momento de inscribir o hacer modificaciones, estableciendo un máximo de tres conductores por vehículo, limitando el mercado y creando un congelamiento ilícito del parque de vehículos, además del de conductores consagrado por ley”.
Un tercer tema -y el más grave para Cabify- es que el reglamento crea cuotas de mercado que la ley no permite, coartando la libre competencia entre los regulados.
“El reglamento crea incentivos perversos que empeoran la calidad del servicio.Un ejemplo, es que abre el espacio para que conductores acaparen los cupos previo al congelamiento y derivarán en que no se den de baja a los conductores para no perder el tamaño”, acusó el ejecutivo.
Junto con esto, el reglamento no regula la participación de los taxistas en las aplicaciones. “Para prestar servicios en las plataformas, los exime de presentar documentación que los conductores de las EAT sí deben entregar y no determina las obligaciones de éstos a la hora de operar con las aplicaciones, sostuvo.
Y finalmente, el reglamento impone cargas “desproporcionadas” e “ilegales” a las aplicaciones y conductores. Sobre este punto, Pasquez sostuvo que el reglamento exige presentar documentos y hacer trámites que vulneran el principio legal de coordinación entre organismos de la administración pública, generando procesos ineficientes e innecesarios de acuerdo con la ley, como el tener que validar la baja del registro.
“Exige a las compañías comunicar información de la que carece, como el certificado de defunción, sentencias de multas recibidas por los conductores, al tiempo que impone requisitos técnicos sin justificación porque no influyen en la calidad ni seguridad del servicio”, apuntó.
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