Segundo Tribunal Ambiental rechaza reclamación de EFE contra resolución que protege Humedal Estero Quilpué
La corte fue clara en señalar que el hecho de que EFE sea un empresa públicas "no lo exime de cumplir con el ordenamiento jurídico que le es exigible”.
Por: Claudia Saravia
Publicado: Viernes 4 de noviembre de 2022 a las 16:00 hrs.
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El Segundo Tribunal Ambiental rechazó este viernes por unanimidad de sus ministros la reclamación interpuesta por la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE) en contra de la resolución del Ministerio del Medio Ambiente que declaró como Humedal Urbano al Humedal Estero Quilpué, ubicado en la comuna de Villa Alemana, Región de Valparaíso.
Hace exactamente un año la empresa de transporte acudió a la justicia y solicitó que se declarara ilegal la resolución de la autoridad ambiental. Esto, según dijo, debido a que el polígono de aquella superficie protegida desconocía "la existencia de la vía férrea en el área del humedal y, por tanto, desconoce el derecho de propiedad del que goza EFE respecto de la infraestructura ferroviaria superpuesta" a esta área. Y pidió que la cartera de la ministra Maisa Rojas redefiniera el polígono del humedal.
Sin embargo, luego de analizar los antecedentes de la causa, el tribunal desestimó cada una de las alegaciones de la empresa estatal, asociadas a supuestas vulneraciones al derecho de propiedad, al derecho a desarrollar cualquier actividad económica lícita, al principio de coordinación administrativa y a la Ley Orgánica de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.
Lo anterior, debido a que, a juicio de la corte, ni la Ley N° 21.202, ni su reglamento limitan el reconocimiento de humedales a aquellos que se emplacen dentro de bienes fiscales, públicos o privados. Y tampoco establecen una prohibición absoluta, ni ex ante de la ejecución de actividades o proyectos en humedales urbanos.
“Por el contrario, se habilita una compatibilización mediante conceptos como el desarrollo sustentable o el uso racional de los humedales, respetando los criterios mínimos que define la regulación, el decreto que reconozca al humedal urbano y la ordenanza municipal que regule su protección y conservación”, explica la sentencia.
En tanto, el documento emitido detalla que quienes deseen ejecutar proyectos deberán ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), de conformidad a las tipologías que contempla el artículo 10 de la Ley N° 19.300, mediante el instrumento que corresponda (Declaración de Impacto Ambiental o Estudio de Impacto Ambiental), de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la misma Ley.
Empresa pública
Y agrega que "el hecho que EFE sea una empresa pública no obsta a cumplir con el ordenamiento jurídico, como es el ingreso al SEIA, cuando la tipología que corresponda le obligue o cuando exista una modificación de proyecto o actividad que constituya un cambio de consideración".
Esto, mientras que por otro lado la sentencia recalca que el Ministerio del Medio Ambiente no puede abstenerse del ejercicio de sus competencias, con el pretexto de resguardar los intereses de una empresa pública creada por ley. Y tampoco puede alterar el polígono que corresponda en atención a las actividades que realiza EFE, dado que ni la ley N° 21.202 ni su reglamento establecen que el Ministerio deberá considerar superposiciones de fajas ferroviarias que se emplacen por encima -e inclusive dentro- de un humedal que se pretenda declarar como urbano.
“Este Tribunal no ve una vulneración a la libertad de desarrollar una actividad económica derivada del hecho que eventualmente EFE decida desarrollar actividades, mantenciones u obras dentro del humedal, pues para ello deberá regirse por la normativa ambiental aplicable y vigente", dice el archivo.
Y añade que "la naturaleza de empresa pública que ostenta el reclamante no lo exime de cumplir con el ordenamiento jurídico que le es exigible”.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s) y Cristián López Montecinos y la ministra Daniella Sfeir Pablo. La sentencia fue redactada por la ministra Sfeir.
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