TC declaró inconstitucional préstamo del BID
Además, el tribunal estimó que el crédito entregado por BancoEstado al sistema de transporte público también iba en contra de la Constitución.
Por: Equipo DF
Publicado: Martes 2 de septiembre de 2008 a las 18:30 hrs.
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Finalmente se conoció la resolución del Tribunal Constitucional (TC) el cual dictaminó, por mayoría de votos, que es inconstitucional el préstamo de US$ 400 millones solicitado por el Gobierno al Banco Interamericano del Desarrollo (BID) para financiar el Transantiago.
Asimismo, el tribunal estimó que el crédito entregado por BancoEstado al sistema de transporte público también iba en contra de la Carta Fundamental.
La información fue entregada por el abogado que representó a los 16 senadores de la Alianza que presentaron el requerimiento, Alex Buchheister.
En tanto, fue el presidente de dicha instancia, Juan Colombo, quien procedió a leer la resolución del tribunal y sostuvo que una vez que se redacte el fallo final y éste se de a conocer, se informará si el Estado debe devolver los dineros o no.
Colombo explicó que el tribunal decidió "acoger el requerimiento, declarándose inconstitucional el decreto supremo número 45 del Ministerio de Transporte y Telecomuncaciones del 16 de mayo de 2008 (...) mediante el cual se otorgan las autorizaciones previas (...) para que se contrate con cargo a la cuenta especial de reembolso una línea crédito de hasta US$ 400 millones de los Estados Unidos otorgada por el Banco Interamericano del Desarrollo en los plazos que se indican".
Sobre el crédito de BancoEstado, señaló que se declaró inconstitucional "el decreto supremo número 46 del Ministerio de Transporte y Telecomuncaciones del 20 de mayo de 2006 (...) mediante el cual se autorizan previamente cambios en las condiciones y plazos de línea de crédito otorgada por el BancoEstado con cargo a la cuenta especial de reembolso".
Tras esto, Colombo manifestó que el tribunal decidió adicionalmente "comunicar los acuerdos descritos (...) a los abogados de la Presidenta de la
República y a los senadores requirentes, lo que ya se hizo".
Añadió
que una vez aprobada la redacción de la sentencia y suscrita por todos
los ministros "notifíquese a las partes y publíquese en el Diario
Oficial y en la página web del tribunal".
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