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Publicado: Martes 6 de octubre de 2020 a las 04:00 hrs.
En el marco del proyecto que modifica la actual Ley de Quiebras, diferentes asociaciones gremiales expusieron ayer sus sugerencias en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados.
El presidente de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras, José Manuel Mena, propuso que las juntas extraordinarias de acreedores siempre puedan efectuarse a solicitud de cualquier acreedor, independiente de su porcentaje de participación en el pasivo. Y en cuanto a los créditos con garantías estatales, señaló que actualmente existe incertidumbre sobre su tratamientos, lo que impide que los acreedores voten favorablemente un acuerdo. Estimó que es “muy necesario establecer expresamente en la aplicación integra de la garantía estatal al crédito original como también al crédito renegociado o reprogramado en los términos inicialmente pactados; pedimos certeza de que la garantía se mantenga en el caso de cualquier renegociación o reprogramaciones”.
En los casos en que las partes no lleguen a un acuerdo de renegociación, la ley dispone que se cite a una audiencia de ejecución para liquidar administrativamente los bienes. Al respecto, Mena puntualizó que la ley no reglamenta dicho proceso, lo cual en la práctica obliga a efectuar la incautación, realización y reparto de los bienes dentro de los 10 días siguientes al acuerdo de liquidación administrativa. Por ello, plantea que en caso de no llegar a un acuerdo de renegociación, se aplique un procedimiento de liquidación simplificada.
El presidente de la Asociación Gremial de Abogados de Defensores de Deudores, Ricardo Ibáñez, explicó que en uno de los artículos del proyecto detalla que el deudor deberá consignar ante el tribunal un monto de 10 UF para solventar los gastos para iniciar un procedimiento de liquidación voluntaria, punto que criticó calificándolo como discriminatorio.
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